Seguro de accidentes de convenio
Un seguro de accidentes de convenio diseñado para proteger a tus empleados con las mejores coberturas
Qué es un seguro de accidentes de convenio y a quien va dirigido
El Seguro de Accidentes de Convenio es obligatorio por ley por parte de la empresa, exige de la contratación de un seguro que ofrezca cobertura directa para todos los trabajadores de la empresa que aparezcan en el TC2.
La contratación suele hacerse por la media de trabajadores anuales que la empresa tiene y se regulariza a final de año.
Descripción y límites de garantías del seguro de convenio
Coberturas Seguro Convenio Construcción | Indemnizaciones | |
Muerte por Enfermedad Profesional | 47.000 € | |
Gran Invalidez por Enfermedad Profesional | 47.000 € | |
Invalidez Permanente Absoluta por Enfermedad Profesional | 47.000 € | |
Muerte por Accidente no Laboral | Una mensualidad | |
Muerte por Accidente Laboral | 47.000 € | |
Invalidez Permanente Absoluta por Accidente Laboral | 47.000 € | |
Invalidez Permanente Total por Accidente Laboral | 28.000 € | |
Invalidez Permanente Total por Enfermedad Profesional | 28.000 € | |
Gran Invalidez por Accidente Laboral | 47.000 € | |
Muerte por Enfermedad Común | Una mensualidad |
Precios Anuales:
Prima Total | 40,09 € / trabajador |
De 2 a 10 trabajadores | 36,59 € / trabajador |
De 20 a 50 trabajadores | 32,93 € / trabajador |
Más de 50 trabajadores | 31,10 € / trabajador |
Cómo contratar el seguro obligatorio de convenio
En Galia, la contratación del seguro de accidentes de convenio es muy simple. Puedes realizar tu solicitud en línea, escogiendo la forma de pago que necesites.
También puedes contactarnos por escrito o llamarnos para recibir un asesoramiento personalizado y adaptado a tus necesidades.
En todo momento, en Galia contarás con los mismos interlocutores, quienes te brindarán asesoramiento continuo para garantizar la correcta protección de tus intereses con las coberturas necesarias.
Qué tengo que hacer en caso de accidente o reclamación
Nuestro equipo especializado en atención de siniestros está listo para asistirte en cualquier reclamación relacionada con la actividad asegurada.
Nos encargaremos de gestionar la reclamación directamente con la compañía, realizar un seguimiento exhaustivo del siniestro y brindar atención personalizada a los perjudicados en caso de que fuera necesario.
En resumen, te ofrecemos una gestión integral que te permitirá centrarte únicamente en lo que verdaderamente importa: tu negocio.
Qué tengo que hacer en caso de accidente o reclamación
Nuestro equipo especializado en atención de siniestros está listo para asistirte en cualquier reclamación relacionada con la actividad asegurada.
Nos encargaremos de gestionar la reclamación directamente con la compañía, realizar un seguimiento exhaustivo del siniestro y brindar atención personalizada a los perjudicados en caso de que fuera necesario.
En resumen, te ofrecemos una gestión integral que te permitirá centrarte únicamente en lo que verdaderamente importa: tu negocio.
Preguntas frecuentes sobre los Accidentes de convenio
Sí, el seguro de convenio es obligatorio para todas las empresas cuyos trabajadores estén regulados por un convenio colectivo que lo exija. Este seguro garantiza indemnizaciones en caso de fallecimiento, invalidez o accidente laboral, según lo establecido en el convenio del sector o provincia. Su contratación no es opcional, ya que está regulada por ley y supervisada por la Inspección de Trabajo.
El seguro de convenio cubre a todos los trabajadores dados de alta en la Seguridad Social (en el modelo TC2) que estén incluidos en el ámbito del convenio colectivo correspondiente. No distingue entre contratos fijos, temporales o a jornada parcial: si están bajo el convenio, deben estar cubiertos. Algunas pólizas también ofrecen cobertura para trabajadores en formación o prácticas, dependiendo de las condiciones específicas.
Sí, muchos sectores en España están obligados por su convenio colectivo a contratar este seguro. Algunos de los más comunes son: construcción, metal, limpieza, seguridad privada, transporte, hostelería, agroalimentario y mantenimiento industrial. Cada convenio establece las coberturas mínimas y cuantías obligatorias que deben incluirse en la póliza.
El seguro de convenio es un gasto obligatorio que debe asumir la empresa, nunca el trabajador. Esta obligación está recogida en los convenios colectivos sectoriales y en la normativa laboral española. Incluir este coste en las nóminas o deducirlo del salario del empleado sería ilegal y podría ser objeto de sanción por parte de la Inspección de Trabajo.
No contratar el seguro de convenio supone una infracción laboral grave. Si ocurre un accidente y la empresa no tiene contratado el seguro obligatorio, deberá asumir con sus propios fondos el pago de las indemnizaciones que exige el convenio colectivo, lo que puede suponer decenas de miles de euros. Además, la Inspección de Trabajo puede imponer multas económicas importantes, y en algunos casos, paralizar la actividad o impedir la contratación pública.
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