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Futuro de la LOE: nuevos productos, nuevas oportunidades aseguradoras
Más imaginación y coberturas para que los seguros de construcción superen la crisis

Los seguros de construcción necesitarán más imaginación y nuevas coberturas para dejar atrás la crisis. Así lo afirmaron ayer los ponentes que participaron en la jornada sobre ‘El futuro de la LOE’, patrocinada por PREMIER GUARANTEE. Miguel Ángel Gutiérrez, director de Desarrollo de Negocio de entidad en España y Portugal, se refirió al contexto que marca la Ley de Ordenación de la Edificación y afirmó que ahora es el momento de apostar por el ramo, pero innovando. “Es una época para imaginar, porque los promotores venden sus viviendas con dificultad y son dueños de la promoción durante más tiempo; los márgenes de construcción se ajustan y los siniestros pueden hacer tambalear un proyecto o una empresa; y las entidades financieras son competencia para el promotor”. Ante esta situación, afirmó que los promotores necesitan nuevas coberturas para sus nuevas necesidades ante un edificio terminado. Adelantó que PREMIER GUARANTEE tiene previsto lanzar en España nuevos productos para el promotor, con “nuevas coberturas dentro del seguro Decenal”. Al constructor le ofrecerá “un nuevo seguro dentro del marco de la LOE” y a la Mediación, “nuevos seguros y coberturas para volver a dinamizar el negocio”.

Por su parte, Fernando García, director general de la compañía, hizo un repaso a la actual situación de los seguros de construcción y se refirió al importante descenso que ha sufrido este negocio en los últimos años. Sin embargo, mostró su convicción de que éste se recuperará en el futuro. Señaló que el pasado reciente ha venido marcado por una “bajada continuada de nuevas construcciones de edificaciones residenciales”, así como por una reducción de “las condiciones de suscripción” y por la aparición de “nuevos competidores”. A su juicio, el mercado se mantendrá paralizado durante los próximos dos o tres años, “rondando las 90.000 viviendas como mucho”.

En la jornada también intervino Gary Devaney, general manager de MD INSURANCES SERVICES, quien se refirió a la experiencia europea en seguros de construcción. Afirmó que las empresas tienen que evolucionar para sobrevivir y señaló que la suya se ha centrado en las nuevas oportunidades. En cuanto a España, expresó su confianza en que la economía mejorará y en que el sector de la construcción se recuperará.

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Los notarios aconsejan formalizar seguros o reaseguros en las obras integrales de rehabilitación

Compartimos la opinión del Consejo General del Notariado, relativa a la cobertura voluntaria de seguro decenal, en los supuestos de rehabilitaciones.

Dada nuestra especialización en el sector, estamos en disposición de aportar soluciones aseguradoras para la consecución del seguro decenal para todo tipo de obras catalogadas como:

- Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica de los edificios, entendiéndose por tales las que tengan carácter de intervención total o las parciales que produzcan una variación esencial de la composición general exterior, la volumetría o el conjunto del sistema estructural, o tenga por objeto cambiar los usos característicos del edificio.

Puede contactar con nosotros en:

www.segurosconstruccion.com

Atte.
Dpto Técnico

SANTANDER/MADRID, 28 (EUROPA PRESS)

El Consejo General del Notariado aconsejó hoy formalizar seguros o reaseguros en las obras
integrales de rehabilitación de edificios para proteger a las partes implicadas en el proyecto, a
pesar de que éstos no sean obligatorios por ley, como sucede en la obra nueva.
El coordinador del Observatorio de la Vivienda del Notariado, José Ignacio Navas, señaló que
estas tipo de obras generan "dificultades", por lo que deberían ser aseguradas, durante su
intervención en el seminario 'Políticas de Rehabilitación de Viviendas. Problemática jurídica y
económica', que se celebra en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP) de
Santander.
Navas explicó que al autorizar las Actas de Conclusión de Obra, necesarias en una actuación
integral de rehabilitación de edificios, los notarios "se plantean la duda de si deberá o no, exigir la
acreditación de contratar un seguro decenal de construcción".
En este sentido, el notario destacó que la modificación legal de la Ley de Ordenación de la
Edificación, exige la garantía de un seguros decenal de construcción contra daños materiales para edificios cuyo destino principal sea la
vivienda, pero la excluye en rehabilitaciones.
Navas afirmó, sin embargo, que la modernización de inmuebles posee la dificultad inherente de la
superposición de obras en el tiempo, que entorpece la apreciación del origen de las deficiencias
para ser objeto de aseguramiento.

"Esto podría justificar la exclusión de las obras de rehabilitación del seguro decenal", circunstancia
que "iría en contra de los intereses del consumidor inmobiliario", explicó Navas.
De ahí que la recomendación se dirija a las fórmulas de reaseguro, donde "podría encontrarse el
camino hacia la protección de todas las partes implicadas en este proceso, incluido el adquirente
y determinar claramente responsabilidades y garantías", señaló.
Para Navas, también sería conveniente la implicación del Instituto de Crédito Oficial (ICO) u otro
organismo 'ad hoc' en el ofrecimiento a consumidores y empresas de productos de seguros y
reaseguros para impulsar la rehabilitación con garantías plenas.

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Problemática en el seguro decenal, de edificaciones con agravaciones diversas

El 6 de Mayo de 2000,  entra en vigor La Ley de Ordenación de la Edificación (LOE), cuyo objetivo principal es regular el proceso edificatorio, determinando las responsabilidades y obligaciones de los diferentes agentes intervinientes en el proceso,  de cara al consumidor y futuro propietario de una vivienda.  Igualmente, pretende  fomentar la calidad de las edificaciones,  estableciendo los requisitos básicos que deben satisfacer los edificios,  cuya licencia se tramite con fecha posterior a la entrada en vigor, de  funcionalidad, seguridad y habitabilidad.

Con el fin de garantizar las responsabilidades exigidas en esta ley, es obligación del promotor de un edificio de nueva construcción, cuyo destino principal sea el de vivienda, a la contratación  de un seguro decenal, que garantice durante diez años la reparación de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos estructurales y que comprometan directamente la resistencia mecánica y estabilidad. El capital asegurado debe de corresponder con el 100% del coste final del edificio. Este seguro decenal, es el mecanismo más adecuado para localizar a los responsables de los probables daños que se manifiesten en la vivienda a lo largo de los próximos diez años de la entrega de esta y la única forma rápida de localizar y depurar responsabilidades a la hora de determinar el origen del posible daño con la ayuda de una entidad aseguradora, sin que por ello se vea afectado el adquiriente de la propiedad.

Sin el Seguro Decenal no se autorizarán ni se inscribirán en el Registro de la Propiedad  escrituras públicas de declaración de obra nueva de edificaciones a las que sea de aplicación esta Ley, sin que se acredite y testimonie la constitución de la citada garantía de seguro decenal.
El procedimiento habitual de contratación del Seguro  Decenal de Daños es al inicio de las obras junto con la contratación de un laboratorio acreditado (Organismo de Control Técnico), que se encargará de realizar la revisión del proyecto constructivo y el control del proceso de ejecución de la obra, para emitir unos informes en los que se basará la compañía aseguradora para aceptar el Riesgo y emitir la Entrada en Cobertura del Seguro Decenal durante 10 años, desde la fecha de finalización de las obras que figure en el Acta de Recepción del edificio terminado.

Este es el procedimiento que siguen las compañías aseguradoras más conocidas, aunque no exista una legislación que obligue a  la contratación de un Organismo de Control Técnico para la emisión del Seguro Decenal, es la operativa que exigen las citadas compañías.  

Por política comercial, las principales aseguradoras no entran en el aseguramiento de obras que tengan características que consideran agravadas:

La problemática a la que se enfrenta el promotor, puede ser la siguiente:

En el mercado español, se han ido incorporando nuevas aseguradoras, que han cubierto este vacio existente con diversas alternativas para el aseguramiento de todo tipo de obras agravadas CON OCT y SIN OCT.

Nosotros tenemos acceso directo a todas las alternativas existentes, dando solución a estos problemas, siempre que disponga de Proyecto de Ejecución, Informe Geotécnico, Certificado Final de Obra y Acta de Recepción.
Con segurosconstruccion.com, puede tener un Seguro Decenal con OCT y sin OCT y con la obra finalizada, mediante un proceso simplificado de contratación, con acceso on-line a la situación de su expediente.    

Garantizamos los costes más competitivos del mercado.

Solamente tendrá que cumplimentar un cuestionario muy sencillo para obtener una cotización orientativa inicial y una vez entregada la documentación solicitada, en aprox. 2 semanas, puede tener el visto bueno de la compañía y su seguro.

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16 demarzo de 2009 - Puesta en marcha del site

Desde EXPERT, le anunciamos la puesta en marcha, de nuestro nuevo site, especializado para las empresas del SECTOR CONSTRUCCIÓN

• PRESUPUESTOS WEB

Formularios para presupuestar todas las modalidades aseguradoras del sector. LE GARANTIZAMOS LOS COSTES MÁS COMPETITIVOS DEL MERCADO

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Acceso privado para el Promotor, a nuestra aplicación informatica, para facilitar el seguimiento y control de expedientes de obra, de los ramos Todo Riesgo Construcción, Decenal y Afianzamiento de Cantidades Anticipadas.

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